El Tribunal Constitucional (TC) condenó a la Junta Central Electoral (JCE) al pago de 2,886,000 pesos a favor de la ciudadana Esthefpanie Casado Díaz. La sanción responde al incumplimiento de una orden judicial de amparo que disponía la expedición de su acta de nacimiento y las de sus dos hijas.
La suma impuesta corresponde a una sanción económica diaria de 2,000 pesos acumulada durante 1,443 días. El período fue contabilizado desde febrero de 2021, fecha en que se notificó la decisión judicial original a la JCE, hasta febrero de 2025. Aunque el órgano electoral entregó los documentos, incluyó una nota que limitaba su emisión exclusivamente para fines judiciales, lo que impidió a la afectada realizar trámites habituales de su vida pública y privada.
El expediente judicial tuvo diversos fallos en la región sur. Aunque un tribunal de primera instancia de Azua anuló en su momento el registro por un proceso de duplicidad de declaraciones, la Cámara Civil de la Corte de Apelación de San Cristóbal revocó esa anulación mediante la Sentencia Civil núm. 443-2023, manteniendo la vigencia del documento y ordenando su entrega.
A través de la sentencia TC/0939/26, la alta corte estableció que expedir un documento oficial con leyendas que restrinjan su alcance constituye una inobservancia al mandato legal y judicial. El tribunal aclaró que este dictamen no define la validez definitiva del registro, sino que sanciona la falta de cumplimiento efectivo de la acción de amparo.
Fuente: Actualidad
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